miércoles, 19 de agosto de 2015

TALLER CONTABILIZACIONES

Universidad Santo Tomás
Facultad de Contaduría Pública
Teoría Práctica Contable I

Taller III Disponible 

Realizar las siguientes contabilizaciones.

  1. El señor Ricardo A. Romero dispone de sus recursos personales $50.000.000 para organizar su propio negocio dedicado a la comercialización de zapatos, el efectivo se lleva a la cuenta caja general. 


  2.Una vez recibido el aporte del socio, se hace apertura de una cuenta corriente en el Banco Davivienda, con el fin de tener control de los recursos. 


  3.Se compraron 200 unidades de mercancía (pares de zapatos). El sistema de inventarios que se usa en el negocio es permanente. El precio de los zapatos (par) fue $35.000. Se pagó el 80% con cheque y el saldo a 20 días.


 4. Se vende al Calzatodo 25 pares de zapatos $ 45.850, el cliente cancela el 60% de contado mediante transferencia electrónica (comprobante) y saldo a 15 días. 

 5.Se constituye el fondo de caja menor por valor de $650.000, mediante acta de constitución donde se menciona que el responsable es jefe del punto de venta, y que está destinada para el pago de gastos menores que pueden resultar y que su legalización y reembolso se hará únicamente cuando los gastos superen el 80% del fondo. Se emitió cheque a favor de Roberto Pérez, jefe del punto de venta.


   6. El señor Pérez legaliza la caja menor con los siguientes gastos con sus respectivas facturas.
Estampillas Correo certificado $25.000
Peajes $15.000
Fletes y acarreos (taxis) $60.000
Elementos de Aseo $63.000
Atención empleados día del vendedor $100.000
Servicio Teléfono $50.000

 7. Se hace el reembolso respectivo de la legalización. Se gira cheque a nombre del responsable (comprobante respectivo).

(NO SE PUEDE LEGALIZAR PORQUE SUPERA EL 80% (520.000) DE GASTO)


1 .  Cuales es el valor de la comisión y la tarifa del impuesto a las ventas que cobran los bancos en las consignaciones nacionales?
El valor de la comisión cobrada es del 0,4% y el impuesto a las ventas es igual al 16% sobra el valor de la comisión.

CODIGO
CUENTAS
DEBITO
CREDITO
130505
CLIENTES
5.000.000

111005
bancos nacionales
4.976.800
Comisión(0,4%)20.000
240807
IVAgasto(16%sobrelacomisión)
3.200


2 . La comisión y la retención en la fuente de tarjetas débito y crédito?

Por lo regular las comisiones son pagadas en base a distintas escalas de porcentajes y al cumplimiento de un objetivo dado, en adición a estos en ocasiones se contemplan bonos por el desempeño.
Lo primero a determinar es nuestra base o condiciones de cálculo y/o escala de comisiones, en este cuadro tenemos el porcentaje de comisión a pagar según el monto de ventas y el bono por cumplimiento de estos montos.



Retención en la fuente sobre ingresos de tarjetas débito



3 .Cuál es la definición de cuenta corriente en el código de comercio?
       La cuenta corriente es un contrato bilateral y conmutativo, por el cual una de las partes remite a la otra, o recibe de ella en propiedad, cantidades de dinero u otros valores, sin aplicación a empleo determinado, ni obligación de tener a la orden una cantidad o un valor equivalente, pero a cargo de "acreditar" al remitente por sus remesas, liquidarlas en las épocas convenidas, compensarlas de una sola vez hasta la concurrencia del "débito y crédito", y pagar el saldo. La cuenta corriente termina en definitiva, cuando no debe ser seguida de ninguna operación de negocios, y parcialmente, en el caso inverso.

La cuenta corriente se concluye:
1° Por consentimiento de las partes;
2° Por haberse concluido el término que fijaron;
3° Por muerte, interdicción, demencia, quiebra o cualquier otro suceso legal que prive a alguno de los contratantes, de la libre administración de sus bienes.


4 . Que es una remesa en tránsito?
Las remesas son fondos que los emigrantes envían a su país de origen, normalmente a sus familiares.
El envío de fondos por parte de emigrantes es un evento que ha ocurrido desde el siglo XIX con el aumento de las corrientes migratorias, pero recién a fines del siglo XX ha alcanzado un desarrollo elevado debido a la mejora en los sistemas de comunicación a nivel mundial y al mayor desarrollo de la banca a nivel internacional. Las remesas familiares son transferidas de recursos de personas en el exterior, principalmente de Estados Unidos, aunque pueden ser de cualquier parte del mundo que envían a personas diferentes.
 5. Que son los Fondos (cuenta 1125), como se contabiliza junto con los rendimientos que genera. 

Registra el valor de los dineros del ente económico en poder de funcionarios del mismo que son manejados en efectivo o en cuentas corrientes bancarias y están destinados para atender fines especiales o cierta clase de gastos que requieren un tratamiento especial, dadas las necesidades urgentes de la prestación de servicios o adquisición de elementos.

Débitos

  1. Por el valor de los cheques girados para su constitución o incremento;
  2. Por el valor de los cheques girados para reembolso de los pagos efectuados, y
  3. Por el mayor valor resultante al convertir las divisas a la tasa de cambio representativa del mercado.

Créditos

  1. Por la reducción o cancelación del monto inicialmente autorizado;
  2. Por el valor de la solicitud de reembolso de los pagos efectuados, y
  3. Por el menor valor resultante al convertir las divisas a la tasa de cambio representativa del mercado.

martes, 18 de agosto de 2015

TALLER #3 CAJA MENOR



La caja menor es un fondo fijo que la Empresa crea de acuerdo con sus requerimientos, para solventar gastos menores. El establecimiento de dicho fondo se hace mediante un retiro en Cheque de la Cantidad convenida y se registra la creación de del fondo.
Arqueo: Análisis de las transacciones del efectivo, durante un lapso determinado, con el objeto de comprobar si se ha contabilizado todo el efectivo recibido y por tanto el saldo que arroja esta cuenta corresponde con lo que se encuentra físicamente en caja en dinero efectivo, cheques o vales. 

COMO SE CONSTITUYE
Al constituir el fondo de caja menor, se retira plata el banco y se constituye el fondo, de modo que la contabilización será:
110510
100.000

111005

100.000


Cuando el fondo de caja menor se agota, o llega a un determinado monto, se procede a rembolsar el dinero utilizado.
En este momento, el responsable del fondo de caja menor, hace entrega de los soportes de los gastos incurridos para que le sea rembolsado su valor y así recuperar el fondo de caja menor a su monto inicial.
La contabilización del reembolso será:

51XXXX
80.000

111005

80.000


Del tratamiento anterior se evidencia que el fondo de caja menor solo se contabiliza al momento de crearlo, aumentarlo, disminuirlo o eliminarlo, no cuando se hace algún reembolso, de ahí que se considera como un fondo fijo.
El reembolso de caja menor, debe solicitarse por lo menos cada mes, de lo contrario, por su especial tratamiento, se pueden presentar inconvenientes respecto a la fecha de causación de las facturas, puesto que estas se contabilizan al momento de solicitar el reembolso, tratamiento que presenta una gran falencia, puesto que según los principios de causación y realización, los hechos económicos deben reconocerse en la fecha en que figuren en la factura, lo cual no será posible mediante el antiguo y arraigado procedimiento de reembolso de caja menor.
Este inconveniente, hace surgir la necesidad de buscar mecanismos diferentes de reembolso que permitan contabilizar las facturas en el momento en que se realice el hecho económico que soportan.

Es un fondo que se crea en las empresas para manejar pequeños desembolsos, y se asigna a una persona como responsable de su manejo.
El reembolso de caja menor, debe solicitarse por lo menos cada mes, de lo contrario, por su especial tratamiento, se pueden presentar inconvenientes respecto a la fecha de causación de las facturas, puesto que estas se contabilizan al momento de solicitar el reembolso, tratamiento que presenta una gran falencia, puesto que según los principios de causación y realización, los hechos económicos deben reconocerse en la fecha en que figuren en la factura, lo cual no será posible mediante el antiguo y arraigado procedimiento de reembolso de caja menor.

POLÍTICAS A SEGUIR PARA EL BUEN MANEJO DE CAJA MENOR 


-DIRECCION
-TELEFONO DE LA EMPRESA
-NOMBRE DE LA EMPRESA: Cupcakes DULCE ENCANTO S.A
-NIT: 900341086-0

- Se constituyó la empresa Con 5.000.000 en el año 2012
·  - Gerente al montar la administración administrativa JENIFFER CHAVEZ.
·  - La persona encargada de manejar caja menor y el monto total BRIGITH CASTRO debe de ser confiable, honesta, organizada, cumplidora del deber  y que posea excelentes relaciones humanas.
·  - La caja menor debe de estar acompañados de sus respectivos documentos, recibos y soportes de los gastos pagados en efectivo, por cuantías mínimas que no requieren giro de cheque, para realizar la respectiva contabilización se encuentre respaldada.
·  - Un miembro asignado por el Contador TATIANA QUEVEDO  realizara el arqueo de caja como mínimo dos (2) veces en el mes, para verificar que este se utilice correctamente.
·  - Cuando los gastos superen el 80% antes de la fecha acordada, se debe hacer un informe concreto y especifico, para hacer el reembolso de caja menor anticipado.
·   - Cuando se haya realizado el informe de caja menor y se entregue, al día siguiente se debe realizar el reembolso
·  - La caja menor, es un fondo que se crea en las empresas para manejar pequeños desembolsos, y se asigna a una persona como responsable de su manejo.



1. MANEJO DEL DINERO: El manejo de los recursos asignados a la caja menor se realizará a través de los siguientes medios:

A.EFECTIVO: Cuando la cuantía no supere los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes. No obstante, deben garantizarse las medidas de seguridad necesarias para su protección, como mínimo una cajilla de seguridad debidamente custodiada.

B.CUENTA BANCARIA: Cuando la cuantía supere los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes, deberá manejarse a través de una cuenta corriente a nombre de “UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
CAJA MENOR
NOMBRE DE LA DEPENDENCIA” y la firma registrada ante el banco será la del servidor público delegado por el ordenador del gasto en la Resolución de constitución. En ningún caso el efectivo que repose bajo la responsabilidad del
Servidor público podrá superar los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes y será necesario garantizar las medidas de seguridad para su protección, como mínimo una cajilla de seguridad debidamente custodiada.
A la cuenta corriente de la caja menor sólo podrán ingresar los dineros correspondientes a este fondo.

2. DESTINACIÓN:
El dinero que se entregue para la constitución de las cajas menores debe ser utilizado para sufragar gastos definidos en los conceptos del Presupuesto General de la Nación e identificados en la Resolución de constitución, que tengan el carácter de urgentes e imprescindibles y estén relacionados con el cumplimiento de las actividades académicas, de investigación, extensión o soporte administrativo de la Universidad Nacional de Colombia para la vigencia fiscal.

3. CON FONDOS DE CAJA MENOR NO SE PODRÁN REALIZAR LAS SIGUIENTES OPERACIONES:

A. Fraccionar compras de un mismo elemento o servicio
B. Realizar desembolso con destino a gastos de entidades diferentes a la Universidad.
C. Realizar préstamos transitorios de una caja menor a otra.
D. Efectuar pagos que correspondan a contratos y órdenes contractuales. E.
Reconocer y pagar gastos por concepto de servicios personales y por las contribuciones que establece la ley sobre nómina.
F. Cambiar cheques o efectuar préstamos a personas naturales o jurídicas.
G. Pagar servicios prestados por monitores o becarios.
H. Pagar gastos que no contengan los documentos soporte exigidos para su legalización, tales como facturas, resoluciones de comisión, recibos de registradora o la elaboración de una planilla de control.
I. efectuar pagos de gastos que estén expresamente prohibidos en las normas de austeridad y eficiencia del gasto, establecidas en la Resolución número 407 de 2004 de Rectoría y las demás normas que las subroguen, modifiquen o adicionen.

4. CAMBIO DE RESPONSABLE:
Cuando se cambie en forma definitiva el responsable de la caja menor, éste deberá legalizar, antes de su traslado o retiro, el total de los gastos realizados con corte a la fecha y reintegrar a la Tesorería correspondiente el saldo de los fondos que recibió.






jueves, 13 de agosto de 2015

TALLER # 2 SOBRE EL GRUPO DEL ACTIVO

TALLER #2 ACTIVOS 
QUE ES ACTIVO?

Un activo es todo aquel bien o derecho que posee una persona física o jurídica que puede convertirse en liquidez, es decir, que se puede valorar en términos monetarios. 
Dentro de los activos se encuadran el Activo Fijo, convertible en liquidez pero no inmediatamente (instalaciones, maquinaria, etc.), y el Activo Circulante, compuesto por aquellos activos que no perduran en la empresa, sino que están destinados a ser comprados y vendidos a corto plazo (productos fabricados o con los que se comercia) o que se pueden convertir en liquidez de forma inmediata.
En este segundo grupo de Activo Circulante se incluyen también las cantidades líquidas disponibles (caja, bancos, etc.) y los derechos convertibles en liquidez en el corto plazo (acciones, obligaciones a corto plazo, inversiones a corto plazo, etc., denominados Activos Financieros).
Agrupa el conjunto de las cuentas que representan los bienes y derechos tangibles e intangibles de propiedad del ente económico, que en la medida de su utilización, son fuente potencial de beneficios presentes o futuros. Comprende los siguientes grupos: el disponible, las inversiones, los deudores, los inventarios, las propiedades, planta y equipo, los intangibles, los diferidos, los otros activos y las valorizaciones.
Las cuentas que integran esta clase tendrán saldo de naturaleza débito, con excepción de las provisiones, las depreciaciones, el agotamiento y las amortizaciones acumuladas, que serán deducidas, de manera separada, de los correspondientes grupos de cuentas.
QUE ES POSECION
La posesión es la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da por tal, tenga la cosa por sí mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él.

·El poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifique serlo. (Código Civil. Art 762).
· Según lo expresa Planiol “la posesión es un estado de hecho que consiste en tener una cosa de manera exclusiva y ejecutar sobre ella los mismos actos de uso y goce de propietarios”. 
·                    “la posesión es la subordinación de hecho, exclusiva, total o parcial, de los bienes al hombre”. 


POSESIÓN REGULAR y POSESIÓN IRREGULAR?

LA POSESIÓN REGULAR se califica de regular cuando ha sido adquirida de buena fe y con base en un justo título.
LA POSESIÓN IRREGULAR, será la que ha sido adquirida sin justo título o de mala fe, es decir, la posesión en cuya adquisición ha faltado uno de los elementos cuya concurrencia configura la posesión regular, o ambos.
La posesión irregular es aquella que no reúne todos los requisitos de la posesión regular, o sea, la que no proviene de un justo título, o se inició sin buena fe, o cuando a pesar de haber justo título y de haberse adquirido de buena fe, no se hizo la tradición legal si el título que le dio origen era traslaticio de dominio.
 ANTICRESIS
Es un contrato por el que se entrega al acreedor una finca raíz para que se pague con sus frutos.

QUE ES EL DOMINIO
El dominio que se llama también propiedad es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, no siendo contra ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa se llama mera o nuda propiedad.
 QUE ES EL CONTRATO DE FIDUCIA
Es el contrato por excelencia para los financistas con imaginación, los creativos. Consiste en un acuerdo por del cual una persona natural o jurídica llamada constituyente o fideicomitente entrega a una entidad fiduciaria, uno o más bienes concretos despojándose o no de la propiedad de los mismos, con el objeto de cumplir una determinada finalidad en provecho del constituyente o de un tercero a quien expresamente este determine. Cuándo el cliente no se desprende de la propiedad se llama encargo fiduciario. La entidad fiduciario se compromete a realizar su mejor esfuerzo para conseguir el objetivo señalado por el cliente, admistrado los bienes recibidos para tal efecto.
Es un contrato flexible, en el cual las cláusulas se pueden adaptar según tu conveniencia y necesidades. Dentro del contrato fiduciario intervienen el fideicomitente (como será conocido en esta clase de contrato), un beneficiario (que puede ser tú o un tercero que designes) y la sociedad fiduciaria o fiduciario.
CARACTERÍSTICAS 
FIDUCIARIO: Es una persona que recibe tus bienes y se compromete a cuidarlos y administrarlos según lo hayan pactado en el contrato. Su principal función es cumplir con la finalidad del contrato. Debe ser una persona capacitada y conocer muy bien los temas para aconsejarte y prestarte  la información correcta al momento de necesitarlo
Mediante la fiducia, le confías-transfieres algunos o todos tus bienes a  una sociedad fiduciaria para que cumpla las Instrucciones que tú le das en el contrato de fiducia.

LA SOCIEDAD FIDUCIARIA: Es una sociedad, constituida como sociedad anónima, con permiso de funcionamiento otorgado por el Estado, estas sociedades sólo están autorizadas para desarrollar las actividades por las cuales fueron expresamente definidas por la Ley. Las sociedades fiduciarias prestan servicios financieros  por lo cual, están sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.

QUE ES PRENDA:
Prenda  comercial al igual que en la prenda civil solo se pueden gravar bienes muebles, pero en la prenda comercial esta puede ser con tenencia  o sin tenencia de la cosa; cuando se trata de prenda sin tenencia esta reviste el carácter de formal ya que es necesario la formalidad de la inscripción en el registro mercantil para que produzca efectos frente a terceros.Cuando la prenda es con tenencia de la cosa este se perfecciona con el consentimiento de las partes, sin embargo no se tendrá el privilegio que otorga el gravamen hasta que la entrega de la cosa se efectué, ya sea al acreedor o a un tercero designado por las partes, según lo establecido en el inciso primero del artículo 1204 del código de comercio.
QUE ES PRENDA DE COSA AJENA?
No podrá empeñarse cosa ajena sin autorización del dueño. Si constituida la prenda el acreedor tiene conocimiento de que los bienes ignorados son ajenos, tendrá derecho a exigir al deudor otra garantía suficiente o el inmediato pago de la deuda.
QUE ES USUFRUCTO?
El usufructo se constituye tanto en cosas fungibles como no fungibles, en bienes muebles e inmuebles; cuando se trata de cosas fungibles el usufructuario debe devolver  igual cantidad  y calidad o pagar el valor de la cosa. En cuanto a bienes inmuebles se refiere, cuando este se da por actos entre vivos como lo dice el artículo 826 del código civil debe otorgarse por escritura pública para que sea válido.
El derecho de usufructo se constituye por:
·         Por la ley.
·         Por testamento
·         Por prescripción
·         Por donación
·         Venta
Por otro lado el usufructo puede ser constituirse  por tiempo determinado o por toda la vida del usufructuario, puede constituirse a favor de dos o más personas, es intrasmisible, cuando se es usufructuario de una cosa inmueble se tiene derecho a percibir todos los frutos naturales que esta produzca; en cuanto a los frutos civiles el artículo 894 del código civil expresa que día a día pertenecen al usufructuario.

¿CUÁNDO SE EXTINGUE EL USUFRUCTO?
  1. Cumplimiento de la condición fijada para su terminación.
  2. Por muerte natural del usufructuario.
  3. Por resolución del derecho de constituyente.
  4. Por la consolidación del derecho de propiedad y el usufructo.
  5. Por prescripción.
  6. Por la renuncia del usufructuario.
Por último tener el derecho de usufructo no es significado de propiedad, pues este consiste en tener el goce del bien, no tener derecho de domino sobre él.

  QUE ES LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
Es el derecho real sobre una cosa incorporal creada por el talento intelectual humano, otorgado otorgado a así acreedor la potestad de gozar y disponer de ella. Es por lo tanto la propiedad intelectual un tipo especial de propiedad intelectual  mas no en si una misma una disciplina normativa. Cosa distinta es que se conozca con el mismo nombre aquel conjunto de normas que regulan este especial tipo de propiedad.
 QUE ES EL CONTROL?
Es el mecanismo para comprobar que las cosas se realicen como fueron previstas, de acuerdo con las políticas, objetivos y metas fijadas previamente para garantizar el cumplimiento de la misión institucional.
El proceso de control implica

 captar resultados
  comparar con lo planeado
 detectar y analizar desviaciones
  informar
Se mide y evalúa el cumplimiento de objetivos y la consecución de las metas. Se analizan las consecuencias de las acciones y de los hechos del contexto para detectar las causas de las desviaciones.
¿QUE ES CONTROL INTERNO? (LEY 87 DE 1993) Se entiende por control interno el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.
La Oficina de Control Interno en desarrollo de su misión tiene los siguientes roles:
 - Auditorias Internas
- Administración de Riesgos
- Asesoría, Acompañamiento y Seguimiento
- Elaboración y Rendición de Informes a Entes Internos y Externos.
- Fomento de la Cultura de Auto control;
 - Que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

  QUE SON LIMITACIONES DE DOMINIO?
Sobre las propiedades algunas veces pesan gravámenes que limitan la propiedad y casi siempre obedecen a políticas de financiamiento, tales como:
 · Hipoteca: es creada mediante documento público donde se traspasan los derechos de dominio y posesión para que en caso de incumplimiento con la institución de crédito, ésta tenga la garantía de pago de la deuda.
  ·Reserva de dominio: es creada por la compañía de financiamiento para respaldar y garantizar el pago del bien que se ha otorgado mediante un crédito. La reserva es con tenencia cuando el propietario tiene el bien y sin tenencia cuando se tiene que dejar en depósito.
 ·Anticresis: con este contrato se subsana las obligaciones en parte o total de los beneficios que produce el activo (arrendamiento) hasta tanto el deudor haya saneado la deuda.
 · Fiducia: donde una persona puede ser al mismo tiempo fiduciante y beneficiario. Solo los establecimientos de crédito y las sociedades fiduciarias, especialmente autorizadas por la Superintendencia financiera podrán tener la calidad objeto del contrato de fiducia, los bienes inmuebles, los bonos, etc.
 · Contrato de prenda: La cosa en prenda se llama bienes pignorados o en garantía.

CLASIFICACIÓN DEL ACTIVO:

ACTIVOS FINANCIEROS CARACTERÍSTICAS

Permiten obtener beneficios no sólo esperando la variación del precio de un instrumento, sino también acertando con las previsiones acerca de las tendencias futuras del mercado. Esto quiere decir que se puede obtener beneficios no solamente en los mercados con tendencias claramente definidas, sino también en las épocas de consolidación. A su vez, los momentos de mayor volatilidad de los mercados son aquellos que más podemos ganar o perder con las opciones.
De esta manera, las opciones posibilitan minimizar de manera eficaz el riesgo relacionado con las variaciones de tipo de cambio de divisas que puede afectar a su actividad económica. Aquel riesgo que llamamos, justamente, riesgo de cambio. Utilizando estos instrumentos financieros podemos cubrir en un momento actual el flujo de los pagos futuros, sin privarnos de la posibilidad de obtener un beneficio extra, en caso de una evolución favorable del mercado.
CARACTERÍSTICAS DEL ACTIVO:
  • Activos líquidos o Liquidez
  • Riesgo financiero
  • Rentabilidad
CLASIFICACIÓN DE ACTIVOS:
  • Activos de renta variable
  • Activos de renta fija
Activo corriente o circulante: hace referencia a todos aquellos derechos o bienes que son de fácil conversión en efectivo como mínimo una vez al año. Su clasificación depende del número de operaciones o transacciones que se hacen para lograrla (venta, cobro, efectivo).
Disponible (Grupo 11) con las cuentas Caja y Bancos son aquellos que no tienen ninguna restricción para su uso, por tanto se utilizan inmediatamente en la adquisición de otros activos que se proyecten comprar.
Exigible (grupo 13) como los deudores requieren de una operación para convertirse en efectivo y estar en calidad de disponible y utilizables. Se cuentan en este grupo los Clientes, Préstamos a directivos, empleados y Anticipos, entre otros, cuyos pagos se exige para obtener el efectivo.
Realizable (grupo 12 y 14) requieren de dos operaciones para convertirse en efectivo y se denotan en este conjunto las cuentas de Inversiones, Inventarios, sobre las cuales pesan una operación para venderlos y otra para exigir el pago.
Recuperable (grupo 17) Diferidos son los Gastos pagados por anticipado que se han adquirido como apoyo logístico en la actividad empresarial, como: Intereses, Arrendamientos, Seguros, etc., cuyo valor es recuperado cuando se recibe el servicio o el beneficio.
Activo no corriente o fijo: llamado también activo tangible e intangible, muy tradicional, hace referencia a las siguientes características:
  • Duración de vida útil mayor de un año.
  • Están al servicio de la empresa (son los productores de renta).
  • No están disponibles para la venta.
Activo fijo tangible: comprende todos los bienes que se pueden tocar y por su naturaleza se deprecian, amortizan, agotan o provisionan.
Depreciable, cuando por razón de su uso al servicio de una actividad productora, sufre desgaste o deterioro normal u obsolescencia, además son necesarios en la producción de la renta, como por ejemplo, Equipo de transporte, Herramientas, Maquinaria y equipo, Muebles y enseres. Se controlan por medio del costo menos la depreciación acumulada.
No depreciable, son aquellos bienes que están en vía de adecuación o montaje para prestar servicios posteriormente, por lo tanto, no son factores de la producción de la renta, como por ejemplo, Maquinaria en montaje, Construcciones en curso, o que por su naturaleza no sufren deterioro como los Terrenos.
Agotable, tales como los Bosques, MinasPozosPlantaciones agrícolas y forestales, etc., son bienes que exigen una erogación para su adquisición y al momento de ponerlos en plena producción por extracción de materias primas, se agotan que se traduce en el costo necesario en la producción de la renta.  El control de los agotables también se lleva por medio del agotamiento acumulado que disminuye el costo del bien.
Amortizable, son gastos necesarios para la producción de la renta, sobre los cuales se recibe un servicio (arrendamiento, intereses, honorarios, seguros, etc.,) o un beneficio (gastos de organización, publicidad, útiles y papelería, etc.), los cuales se van apropiando como gasto en la medida se utilizan o proyectan. La amortización acumulada se hace con el fin de controlar el costo del bien objeto de explotación menos las cuotas amortizadas.
La provisión es un estimativo del gasto cuando no se conocen los datos reales o se han elaborado los estudios minuciosos de los activos tangibles o intangibles, con el fin de asociar gastos con la producción de la renta, la que desaparece cuando se conoce con exactitud la depreciación, la cuota de amortización o la cantidad de materia extraída.
Activo fijo intangible: son derechos que no se pueden tocar, y se originan en un documento de transferencia o desarrollo mediante un acto administrativo gubernamental, el cual tiene el carácter de amortizable cuando han tenido erogación y no amortizables cuando han sido creados por la empresa.

Activo no corriente o fijo: llamado también activo tangible e intangible, muy tradicional, hace referencia a las siguientes características:
  • Duración de vida útil mayor de un año.
  • Están al servicio de la empresa (son los productores de renta).
  • No están disponibles para la venta.
Amortizables, son las patentes, marcas y crédito mercantil adquirido, con el fin de desarrollar el negocio con su imagen propia, cuyo costo es amortizable en cuotas por la vigencia de la patente, o por el tiempo de recuperación de la inversión.
No amortizable, son aquellos donde la empresa no realizó erogación, y se crearon mediante una estimación de su valor, los cuales se deben desmontar de la contabilidad porque no tienen valor económico.
Otros activos, hacen referencia al grupo de cuentas 18 y son aquellos bienes y derechos no clasificados en las anteriores denominaciones, tales como obras de arte, bibliotecas, y otros derechos que se amortizan en la medida del tiempo por su deterioro.
  • ACTIVOS FISCALES CARACTERÍSTICAS CLASIFICACIÓN
 ACTIVOS ENAJENADOS: los activos enajenados se dividen en movibles y en fijos o inmovilizados (Art.  60, E.T.).
MOVIBLES: son activos movibles los bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente e implican ordinariamente existencia al principio y al final de cada año o período gravable. Los activos enajenados se dividen en móviles y en fijos o inmovilizados (Art.  60, ET.). 
INMOVILIZADOS: son activos fijos o inmovilizados los bienes corporales muebles o inmuebles y los corporales que no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente (Art.  60, E.T.).
BIENES CORPORALES: Son los que tienen un ser real y pueden ser percibidos por los sentidos.Son todas las cosas tangibles, visibles, sensibles de nuestro planeta; algunas ocultas temporalmente, como la parte no explotada de minas y yacimientos; e incluso elementos químicos invisibles e impalpables, como ciertos gases, pues son materia, si bien sutil.
BIENES INCORPORALES: Constituyen derechos y son percibidos mental o intelectualmente.Se clasifican en derechos reales, como aquellos que se tienen sobre una cosa sin que esté relacionada con una determinada persona y pueden ser ejercidos contra todos, tales como el dominio, Herencia, usufructo, prenda e Hipoteca; y, derechos personales, como aquellos que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o por disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas, tales como prestamista contra su Deudor (por el Dinero prestado); el hijo contra el padre (por los alimentos), derechos de los socios de una SociedadAcciones de una Sociedad Anónima (S.A.).

 

LITERATURA ARTÍSTICA Y CIENTÍFICA:

A).- Los autores de obras literarias, científicas o artísticas de cualquiera de las dos Naciones, que aseguren con los requisitos legales su derecho de propiedad en uno de los países contratantes, lo tendrán asegurado en el otro, sin más formalidades que las que se fijan en los artículos 3º. y 8º. de este Convenio. 

B).- Para las garantías de esas ventajas, la obtención de daños y perjuicios y la persecución de los falsificadores, tendrán la misma protección y los mismos recursos legales que estén concedidos o se concedieren, a los autores nacionales de cada uno de los países contratantes por las legislaciones respectivas.

C).- Los derecho-habientes de los autores, traductores, compositores o artistas, gozarán respectivamente y en todas sus partes de los mismos derechos que el presente Convenio concede a los propietarios, autores, traductores, compositores o artistas, siempre que aquéllos acrediten su derecho con arreglo a las leyes del país donde se verificó el acto jurídico que les concedió el carácter de derecho-habientes. 

D).- A los efectos de este Convenio son autores mexicanos o españoles los que sean considerados respectivamente como nacionales por las leyes de uno u otro Estado.

ACTIVOS CIVILES CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN

La clasificación civil del activo tiene que ver con los procesos de sucesión donde la masa de bienes se denomina inventario de bienes relictos, el que se forma por todos los bienes y derechos que tiene la persona natural al momento de fenecer.
FUENTES: