TALLER #2 ACTIVOS
QUE ES ACTIVO?
Un activo
es todo aquel bien o derecho que posee una persona física o jurídica que puede
convertirse en liquidez, es decir, que se puede valorar en términos monetarios.
Dentro de
los activos se encuadran el Activo
Fijo, convertible en liquidez pero no inmediatamente
(instalaciones, maquinaria, etc.), y el Activo
Circulante, compuesto por aquellos activos que no perduran en
la empresa, sino que están destinados a ser comprados y vendidos a corto plazo
(productos fabricados o con los que se comercia) o que se pueden convertir en
liquidez de forma inmediata.
En este
segundo grupo de Activo Circulante
se incluyen también las cantidades líquidas disponibles (caja, bancos, etc.) y
los derechos convertibles en liquidez en el corto plazo (acciones, obligaciones
a corto plazo, inversiones a corto plazo, etc., denominados Activos
Financieros).
Agrupa
el conjunto de las cuentas que representan los bienes y derechos tangibles e
intangibles de propiedad del ente económico, que en la medida de su utilización,
son fuente potencial de beneficios presentes o futuros. Comprende los
siguientes grupos: el disponible, las inversiones, los deudores, los
inventarios, las propiedades, planta y equipo, los intangibles, los diferidos,
los otros activos y las valorizaciones.
Las
cuentas que integran esta clase tendrán saldo de naturaleza débito, con
excepción de las provisiones, las depreciaciones, el agotamiento y las
amortizaciones acumuladas, que serán deducidas, de manera separada, de los
correspondientes grupos de cuentas.
QUE ES POSECION


·El
poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifique serlo. (Código
Civil. Art 762).
· Según lo expresa Planiol “la posesión es un estado de hecho
que consiste en tener una cosa de manera exclusiva y ejecutar sobre ella los
mismos actos de uso y goce de propietarios”.
·
“la posesión es la subordinación de hecho, exclusiva, total
o parcial, de los bienes al hombre”.
POSESIÓN
REGULAR y POSESIÓN IRREGULAR?
LA
POSESIÓN REGULAR se califica de regular cuando ha sido adquirida de buena
fe y con base en un justo título.
LA POSESIÓN
IRREGULAR, será la que ha sido adquirida sin justo
título o de mala fe, es decir, la posesión en cuya adquisición ha faltado uno
de los elementos cuya concurrencia configura la posesión regular, o ambos.
La posesión irregular es aquella que no reúne
todos los requisitos de la posesión regular, o sea, la que no proviene de un
justo título, o se inició sin buena fe, o cuando a pesar de haber justo título
y de haberse adquirido de buena fe, no se hizo la tradición legal si el título
que le dio origen era traslaticio de dominio.
Es un contrato por el que se entrega al acreedor una finca raíz para que se pague con sus frutos.
QUE ES EL DOMINIO
El
dominio que se llama también propiedad es el derecho real en una cosa corporal,
para gozar y disponer de ella, no
siendo contra ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la
cosa se llama mera o nuda propiedad.
QUE ES EL CONTRATO DE FIDUCIA
Es
el contrato por excelencia para los financistas con imaginación, los creativos.
Consiste en un acuerdo por del cual una persona natural o jurídica llamada
constituyente o fideicomitente entrega a una entidad fiduciaria, uno o más
bienes concretos despojándose o no de la propiedad de los mismos, con el objeto
de cumplir una determinada finalidad en provecho del constituyente o de un
tercero a quien expresamente este determine. Cuándo el cliente no se desprende
de la propiedad se llama encargo fiduciario. La entidad fiduciario se
compromete a realizar su mejor esfuerzo para conseguir el objetivo señalado por
el cliente, admistrado los bienes recibidos para tal efecto.
Es un contrato flexible, en el
cual las cláusulas se pueden adaptar
según tu conveniencia y necesidades. Dentro del contrato fiduciario intervienen
el fideicomitente (como será conocido en esta clase de contrato), un
beneficiario (que puede ser tú o un tercero que designes) y la sociedad
fiduciaria o fiduciario.
CARACTERÍSTICAS
FIDUCIARIO: Es una persona que recibe tus bienes y
se compromete a cuidarlos y administrarlos según lo hayan pactado en el
contrato. Su principal función es cumplir con la finalidad del contrato. Debe
ser una persona capacitada y conocer muy bien los temas para aconsejarte y
prestarte la información correcta al momento de necesitarlo
Mediante
la fiducia, le confías-transfieres algunos o todos tus bienes a una
sociedad fiduciaria para que cumpla las Instrucciones que tú le das en el
contrato de fiducia.
LA SOCIEDAD FIDUCIARIA: Es una sociedad, constituida como
sociedad anónima, con permiso de funcionamiento otorgado por el Estado, estas
sociedades sólo están autorizadas para desarrollar las actividades por las
cuales fueron expresamente definidas por la Ley. Las sociedades fiduciarias
prestan servicios financieros por lo cual, están sujetas a la inspección
y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
QUE ES PRENDA:
Prenda comercial
al igual que en la prenda civil solo se pueden gravar bienes muebles, pero en
la prenda comercial esta puede ser con tenencia o sin tenencia de la
cosa; cuando se trata de prenda sin tenencia esta reviste el carácter de formal
ya que es necesario la formalidad de la inscripción en el registro mercantil para que produzca efectos frente a terceros.Cuando la prenda es con tenencia de la cosa este se
perfecciona con el consentimiento de las partes, sin embargo no se tendrá el
privilegio que otorga el gravamen hasta que la entrega de la cosa se efectué,
ya sea al acreedor o a un tercero designado por las partes, según lo
establecido en el inciso primero del artículo 1204 del código de comercio.
QUE ES PRENDA DE COSA AJENA?
No
podrá empeñarse cosa ajena sin autorización del dueño. Si constituida la prenda
el acreedor tiene conocimiento de que los bienes ignorados son ajenos, tendrá
derecho a exigir al deudor otra garantía suficiente o el inmediato pago de la
deuda.
QUE ES USUFRUCTO?
El usufructo se constituye tanto en
cosas fungibles como no fungibles, en bienes muebles e inmuebles; cuando se
trata de cosas fungibles el usufructuario debe devolver igual
cantidad y calidad o pagar el valor de la cosa. En cuanto a bienes
inmuebles se refiere, cuando este se da por actos entre vivos como lo dice el artículo
826 del código civil debe otorgarse por escritura
pública para
que sea válido.
El derecho de usufructo se constituye
por:
·
Por
la ley.
·
Por
prescripción
·
Venta
Por otro lado el usufructo puede ser
constituirse por tiempo determinado o por toda la vida del usufructuario,
puede constituirse a favor de dos o más personas, es intrasmisible, cuando se
es usufructuario de una cosa inmueble se tiene derecho a percibir todos los
frutos naturales que esta produzca; en cuanto a los frutos civiles el artículo
894 del código civil expresa que día a día pertenecen al usufructuario.
¿CUÁNDO SE EXTINGUE EL USUFRUCTO?
- Cumplimiento
de la condición fijada para su terminación.
- Por
muerte natural del usufructuario.
- Por
resolución del derecho de constituyente.
- Por
la consolidación del derecho de propiedad y el usufructo.
- Por
prescripción.
- Por
la renuncia del usufructuario.
Por
último tener el derecho de usufructo no es significado de propiedad, pues este
consiste en tener el goce del bien, no tener derecho de domino sobre él.
QUE ES LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
Es
el derecho real sobre una cosa incorporal creada por el talento intelectual humano,
otorgado otorgado a así acreedor la potestad de gozar y disponer de ella. Es
por lo tanto la propiedad intelectual un tipo especial de propiedad intelectual
mas no en si una misma una disciplina
normativa. Cosa distinta es que se conozca con el mismo nombre aquel conjunto
de normas que regulan este especial tipo de propiedad.
QUE ES EL CONTROL?
Es
el mecanismo para comprobar que las cosas se realicen como fueron previstas, de
acuerdo con las políticas, objetivos y metas fijadas previamente para
garantizar el cumplimiento de la misión institucional.
El proceso de control implica
⇒ captar resultados
⇒ comparar con lo planeado
⇒ detectar y analizar desviaciones
⇒ informar
Se mide y evalúa el cumplimiento de objetivos y la consecución de las metas. Se analizan las consecuencias de las acciones y de los hechos del contexto para detectar las causas de las desviaciones.
¿QUE ES CONTROL INTERNO? (LEY 87 DE 1993) Se entiende por
control interno el sistema integrado por el esquema de organización y el
conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y
mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de
procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la
administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las
normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por
la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.
La
Oficina de Control Interno en desarrollo de su misión tiene los siguientes
roles:
- Auditorias Internas
- Administración de Riesgos
- Asesoría, Acompañamiento y
Seguimiento
- Elaboración y Rendición de Informes a
Entes Internos y Externos.
- Fomento de la Cultura de Auto control;
- Que contribuya al mejoramiento
continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
QUE SON LIMITACIONES DE DOMINIO?
Sobre las
propiedades algunas veces pesan gravámenes que limitan la propiedad y casi
siempre obedecen a políticas de financiamiento, tales como:
· Hipoteca: es creada
mediante documento público donde se traspasan los derechos de dominio y
posesión para que en caso de incumplimiento con la institución de crédito, ésta
tenga la garantía de pago de la deuda.
·Reserva de dominio: es creada por
la compañía de financiamiento para respaldar y garantizar el pago del bien que
se ha otorgado mediante un crédito. La reserva es con tenencia cuando el
propietario tiene el bien y sin tenencia cuando se tiene que dejar en depósito.
·Anticresis: con este
contrato se subsana las obligaciones en parte o total de los beneficios que
produce el activo (arrendamiento) hasta tanto el deudor haya saneado la deuda.
· Fiducia: donde una
persona puede ser al mismo tiempo fiduciante y beneficiario. Solo los
establecimientos de crédito y las sociedades fiduciarias, especialmente
autorizadas por la Superintendencia financiera podrán tener la calidad objeto
del contrato de fiducia, los bienes inmuebles, los bonos, etc.
· Contrato de prenda: La cosa en
prenda se llama bienes pignorados o en garantía.
CLASIFICACIÓN DEL ACTIVO:
ACTIVOS FINANCIEROS CARACTERÍSTICAS
Permiten
obtener beneficios no sólo esperando la variación del precio de un instrumento,
sino también acertando con las previsiones acerca de las tendencias futuras del
mercado. Esto quiere decir que se puede obtener beneficios no solamente en los
mercados con tendencias claramente definidas, sino también en las épocas de
consolidación. A su vez, los momentos de mayor volatilidad de los mercados son
aquellos que más podemos ganar o perder con las opciones.
De esta
manera, las opciones posibilitan minimizar de manera eficaz el riesgo
relacionado con las variaciones de tipo de cambio de divisas que puede afectar
a su actividad económica. Aquel riesgo que llamamos, justamente, riesgo de
cambio. Utilizando estos instrumentos financieros podemos cubrir en un momento
actual el flujo de los pagos futuros, sin privarnos de la posibilidad de
obtener un beneficio extra, en caso de una evolución favorable del mercado.
CARACTERÍSTICAS
DEL ACTIVO:
- Activos líquidos o Liquidez
- Riesgo financiero
- Rentabilidad
CLASIFICACIÓN
DE ACTIVOS:
- Activos de renta variable
- Activos de renta fija
Activo corriente o circulante: hace referencia a todos aquellos derechos o bienes que son de fácil conversión en efectivo como mínimo una vez al año. Su clasificación depende del número de operaciones o transacciones que se hacen para lograrla (venta, cobro, efectivo).
Disponible (Grupo 11) con las cuentas Caja y Bancos son aquellos que no tienen ninguna restricción para su uso, por tanto se utilizan inmediatamente en la adquisición de otros activos que se proyecten comprar.
Exigible (grupo 13) como los deudores requieren de una operación para convertirse en efectivo y estar en calidad de disponible y utilizables. Se cuentan en este grupo los Clientes, Préstamos a directivos, empleados y Anticipos, entre otros, cuyos pagos se exige para obtener el efectivo.
Realizable (grupo 12 y 14) requieren de dos operaciones para convertirse en efectivo y se denotan en este conjunto las cuentas de Inversiones, Inventarios, sobre las cuales pesan una operación para venderlos y otra para exigir el pago.
Recuperable (grupo 17) Diferidos son los Gastos pagados por anticipado que se han adquirido como apoyo logístico en la actividad empresarial, como: Intereses, Arrendamientos, Seguros, etc., cuyo valor es recuperado cuando se recibe el servicio o el beneficio.
Activo no corriente o fijo: llamado también activo tangible e intangible, muy tradicional, hace referencia a las siguientes características:
- Duración de vida útil mayor de un año.
- Están al servicio de la empresa (son los productores de renta).
- No están disponibles para la venta.
Activo fijo tangible: comprende todos los bienes que se pueden tocar y por su naturaleza se deprecian, amortizan, agotan o provisionan.
Depreciable, cuando por razón de su uso al servicio de una actividad productora, sufre desgaste o deterioro normal u obsolescencia, además son necesarios en la producción de la renta, como por ejemplo, Equipo de transporte, Herramientas, Maquinaria y equipo, Muebles y enseres. Se controlan por medio del costo menos la depreciación acumulada.
No depreciable, son aquellos bienes que están en vía de adecuación o montaje para prestar servicios posteriormente, por lo tanto, no son factores de la producción de la renta, como por ejemplo, Maquinaria en montaje, Construcciones en curso, o que por su naturaleza no sufren deterioro como los Terrenos.
Agotable, tales como los Bosques, Minas, Pozos, Plantaciones agrícolas y forestales, etc., son bienes que exigen una erogación para su adquisición y al momento de ponerlos en plena producción por extracción de materias primas, se agotan que se traduce en el costo necesario en la producción de la renta. El control de los agotables también se lleva por medio del agotamiento acumulado que disminuye el costo del bien.
Amortizable, son gastos necesarios para la producción de la renta, sobre los cuales se recibe un servicio (arrendamiento, intereses, honorarios, seguros, etc.,) o un beneficio (gastos de organización, publicidad, útiles y papelería, etc.), los cuales se van apropiando como gasto en la medida se utilizan o proyectan. La amortización acumulada se hace con el fin de controlar el costo del bien objeto de explotación menos las cuotas amortizadas.
La provisión es un estimativo del gasto cuando no se conocen los datos reales o se han elaborado los estudios minuciosos de los activos tangibles o intangibles, con el fin de asociar gastos con la producción de la renta, la que desaparece cuando se conoce con exactitud la depreciación, la cuota de amortización o la cantidad de materia extraída.
Activo fijo intangible: son derechos que no se pueden tocar, y se originan en un documento de transferencia o desarrollo mediante un acto administrativo gubernamental, el cual tiene el carácter de amortizable cuando han tenido erogación y no amortizables cuando han sido creados por la empresa.
Activo no corriente o fijo: llamado también activo tangible e intangible, muy tradicional, hace referencia a las siguientes características:
- Duración de vida útil mayor de un año.
- Están al servicio de la empresa (son los productores de renta).
- No están disponibles para la venta.
Amortizables, son las patentes, marcas y crédito mercantil adquirido, con el fin de desarrollar el negocio con su imagen propia, cuyo costo es amortizable en cuotas por la vigencia de la patente, o por el tiempo de recuperación de la inversión.
No amortizable, son aquellos donde la empresa no realizó erogación, y se crearon mediante una estimación de su valor, los cuales se deben desmontar de la contabilidad porque no tienen valor económico.
Otros activos, hacen referencia al grupo de cuentas 18 y son aquellos bienes y derechos no clasificados en las anteriores denominaciones, tales como obras de arte, bibliotecas, y otros derechos que se amortizan en la medida del tiempo por su deterioro.
- ACTIVOS FISCALES CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN
ACTIVOS ENAJENADOS: los
activos enajenados se dividen en movibles y en fijos o inmovilizados
(Art. 60, E.T.).
MOVIBLES: son
activos movibles los bienes corporales muebles o inmuebles y los
incorporales que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del
contribuyente e implican ordinariamente existencia al principio y al final de
cada año o período gravable. Los activos enajenados se dividen en móviles
y en fijos o inmovilizados (Art. 60, ET.).
INMOVILIZADOS: son
activos fijos o inmovilizados los bienes corporales muebles o inmuebles y los
corporales que no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del
contribuyente (Art. 60, E.T.).
BIENES CORPORALES: Son los que tienen un ser real y pueden ser percibidos por los sentidos.Son todas las cosas tangibles, visibles, sensibles de nuestro planeta; algunas ocultas temporalmente, como la parte no explotada de minas y yacimientos; e incluso elementos químicos invisibles e impalpables, como ciertos gases, pues son materia, si bien sutil.
BIENES INCORPORALES: Constituyen derechos y son percibidos mental o intelectualmente.Se clasifican en derechos reales, como aquellos que se tienen sobre una cosa sin que esté relacionada con una determinada persona y pueden ser ejercidos contra todos, tales como el dominio, Herencia, usufructo, prenda e Hipoteca; y, derechos personales, como aquellos que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o por disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas, tales como prestamista contra su Deudor (por el Dinero prestado); el hijo contra el padre (por los alimentos), derechos de los socios de una Sociedad, Acciones de una Sociedad Anónima (S.A.).
LITERATURA ARTÍSTICA Y CIENTÍFICA:
A).- Los autores de obras literarias, científicas o artísticas de cualquiera de las dos Naciones, que aseguren con los requisitos legales su derecho de propiedad en uno de los países contratantes, lo tendrán asegurado en el otro, sin más formalidades que las que se fijan en los artículos 3º. y 8º. de este Convenio.
B).- Para las garantías de esas ventajas, la obtención de daños y perjuicios y la persecución de los falsificadores, tendrán la misma protección y los mismos recursos legales que estén concedidos o se concedieren, a los autores nacionales de cada uno de los países contratantes por las legislaciones respectivas.
C).- Los derecho-habientes de los autores, traductores, compositores o artistas, gozarán respectivamente y en todas sus partes de los mismos derechos que el presente Convenio concede a los propietarios, autores, traductores, compositores o artistas, siempre que aquéllos acrediten su derecho con arreglo a las leyes del país donde se verificó el acto jurídico que les concedió el carácter de derecho-habientes.
D).- A los efectos de este Convenio son autores mexicanos o españoles los que sean considerados respectivamente como nacionales por las leyes de uno u otro Estado.
ACTIVOS CIVILES CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN
La clasificación civil del activo tiene que ver con los procesos de
sucesión donde la masa de bienes se denomina inventario de bienes relictos, el
que se forma por todos los bienes y derechos que tiene la persona natural al
momento de fenecer.
FUENTES:
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