martes, 18 de agosto de 2015

TALLER #3 CAJA MENOR



La caja menor es un fondo fijo que la Empresa crea de acuerdo con sus requerimientos, para solventar gastos menores. El establecimiento de dicho fondo se hace mediante un retiro en Cheque de la Cantidad convenida y se registra la creación de del fondo.
Arqueo: Análisis de las transacciones del efectivo, durante un lapso determinado, con el objeto de comprobar si se ha contabilizado todo el efectivo recibido y por tanto el saldo que arroja esta cuenta corresponde con lo que se encuentra físicamente en caja en dinero efectivo, cheques o vales. 

COMO SE CONSTITUYE
Al constituir el fondo de caja menor, se retira plata el banco y se constituye el fondo, de modo que la contabilización será:
110510
100.000

111005

100.000


Cuando el fondo de caja menor se agota, o llega a un determinado monto, se procede a rembolsar el dinero utilizado.
En este momento, el responsable del fondo de caja menor, hace entrega de los soportes de los gastos incurridos para que le sea rembolsado su valor y así recuperar el fondo de caja menor a su monto inicial.
La contabilización del reembolso será:

51XXXX
80.000

111005

80.000


Del tratamiento anterior se evidencia que el fondo de caja menor solo se contabiliza al momento de crearlo, aumentarlo, disminuirlo o eliminarlo, no cuando se hace algún reembolso, de ahí que se considera como un fondo fijo.
El reembolso de caja menor, debe solicitarse por lo menos cada mes, de lo contrario, por su especial tratamiento, se pueden presentar inconvenientes respecto a la fecha de causación de las facturas, puesto que estas se contabilizan al momento de solicitar el reembolso, tratamiento que presenta una gran falencia, puesto que según los principios de causación y realización, los hechos económicos deben reconocerse en la fecha en que figuren en la factura, lo cual no será posible mediante el antiguo y arraigado procedimiento de reembolso de caja menor.
Este inconveniente, hace surgir la necesidad de buscar mecanismos diferentes de reembolso que permitan contabilizar las facturas en el momento en que se realice el hecho económico que soportan.

Es un fondo que se crea en las empresas para manejar pequeños desembolsos, y se asigna a una persona como responsable de su manejo.
El reembolso de caja menor, debe solicitarse por lo menos cada mes, de lo contrario, por su especial tratamiento, se pueden presentar inconvenientes respecto a la fecha de causación de las facturas, puesto que estas se contabilizan al momento de solicitar el reembolso, tratamiento que presenta una gran falencia, puesto que según los principios de causación y realización, los hechos económicos deben reconocerse en la fecha en que figuren en la factura, lo cual no será posible mediante el antiguo y arraigado procedimiento de reembolso de caja menor.

POLÍTICAS A SEGUIR PARA EL BUEN MANEJO DE CAJA MENOR 


-DIRECCION
-TELEFONO DE LA EMPRESA
-NOMBRE DE LA EMPRESA: Cupcakes DULCE ENCANTO S.A
-NIT: 900341086-0

- Se constituyó la empresa Con 5.000.000 en el año 2012
·  - Gerente al montar la administración administrativa JENIFFER CHAVEZ.
·  - La persona encargada de manejar caja menor y el monto total BRIGITH CASTRO debe de ser confiable, honesta, organizada, cumplidora del deber  y que posea excelentes relaciones humanas.
·  - La caja menor debe de estar acompañados de sus respectivos documentos, recibos y soportes de los gastos pagados en efectivo, por cuantías mínimas que no requieren giro de cheque, para realizar la respectiva contabilización se encuentre respaldada.
·  - Un miembro asignado por el Contador TATIANA QUEVEDO  realizara el arqueo de caja como mínimo dos (2) veces en el mes, para verificar que este se utilice correctamente.
·  - Cuando los gastos superen el 80% antes de la fecha acordada, se debe hacer un informe concreto y especifico, para hacer el reembolso de caja menor anticipado.
·   - Cuando se haya realizado el informe de caja menor y se entregue, al día siguiente se debe realizar el reembolso
·  - La caja menor, es un fondo que se crea en las empresas para manejar pequeños desembolsos, y se asigna a una persona como responsable de su manejo.



1. MANEJO DEL DINERO: El manejo de los recursos asignados a la caja menor se realizará a través de los siguientes medios:

A.EFECTIVO: Cuando la cuantía no supere los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes. No obstante, deben garantizarse las medidas de seguridad necesarias para su protección, como mínimo una cajilla de seguridad debidamente custodiada.

B.CUENTA BANCARIA: Cuando la cuantía supere los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes, deberá manejarse a través de una cuenta corriente a nombre de “UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
CAJA MENOR
NOMBRE DE LA DEPENDENCIA” y la firma registrada ante el banco será la del servidor público delegado por el ordenador del gasto en la Resolución de constitución. En ningún caso el efectivo que repose bajo la responsabilidad del
Servidor público podrá superar los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes y será necesario garantizar las medidas de seguridad para su protección, como mínimo una cajilla de seguridad debidamente custodiada.
A la cuenta corriente de la caja menor sólo podrán ingresar los dineros correspondientes a este fondo.

2. DESTINACIÓN:
El dinero que se entregue para la constitución de las cajas menores debe ser utilizado para sufragar gastos definidos en los conceptos del Presupuesto General de la Nación e identificados en la Resolución de constitución, que tengan el carácter de urgentes e imprescindibles y estén relacionados con el cumplimiento de las actividades académicas, de investigación, extensión o soporte administrativo de la Universidad Nacional de Colombia para la vigencia fiscal.

3. CON FONDOS DE CAJA MENOR NO SE PODRÁN REALIZAR LAS SIGUIENTES OPERACIONES:

A. Fraccionar compras de un mismo elemento o servicio
B. Realizar desembolso con destino a gastos de entidades diferentes a la Universidad.
C. Realizar préstamos transitorios de una caja menor a otra.
D. Efectuar pagos que correspondan a contratos y órdenes contractuales. E.
Reconocer y pagar gastos por concepto de servicios personales y por las contribuciones que establece la ley sobre nómina.
F. Cambiar cheques o efectuar préstamos a personas naturales o jurídicas.
G. Pagar servicios prestados por monitores o becarios.
H. Pagar gastos que no contengan los documentos soporte exigidos para su legalización, tales como facturas, resoluciones de comisión, recibos de registradora o la elaboración de una planilla de control.
I. efectuar pagos de gastos que estén expresamente prohibidos en las normas de austeridad y eficiencia del gasto, establecidas en la Resolución número 407 de 2004 de Rectoría y las demás normas que las subroguen, modifiquen o adicionen.

4. CAMBIO DE RESPONSABLE:
Cuando se cambie en forma definitiva el responsable de la caja menor, éste deberá legalizar, antes de su traslado o retiro, el total de los gastos realizados con corte a la fecha y reintegrar a la Tesorería correspondiente el saldo de los fondos que recibió.






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